Las estaciones de servicio deben comunicar los cambios de precio antes de su entrada en vigor

Las estaciones de servicio están obligadas, según la normativa vigente -Orden ITC/2308/2007- a comunicar al Ministerio de Industria, Energía y Turismo los precios de los productos que vendan. Precisamente, deben hacerlo mediante mensaje de teléfono móvil o a través de Internet todos los lunes, aunque también deben avisar cada vez que cambien dichos precios de los diferentes productos: gasolina 95 sin plomo, gasolina 97, gasolina 98 sin plomo, gasóleo de automoción, gasóleo de automoción mejorado, gasóleo B y biodiesel. La comunicación del cambio de precio debe hacerse con una antelación mínima de una hora y máxima de 3 días respecto a la hora efectiva de entrada en vigor de los precios.

Es decir que los precios deben mandarse siempre antes de su entrada en vigor. En el caso de que la gasolinera incumpla esta orden “queda abierta la posibilidad de sanción por incumplimiento de la Orden ITC/2308/2007, y es inútil notificarlo, o mandar los precios por correo electrónico o por otro medio.»

Gracias a este sistema se pretende que los consumidores puedan tener información actualizada sobre los precios de todas las estaciones de servicio que existen en España.

El efecto lunes

Pero a pesar de todo, algunas gasolineras sólo notifican su precio los lunes, modificándolo el resto de la semana sin informar de ello, con el perjuicio para el consumidor que eso conlleva. Se trata del llamado “efecto lunes”, que consistiría en bajar los precios de los carburantes los lunes, para evitar competencia, y subirlos a lo largo de la semana. Según un informe de la OCU, el Gobierno no tiene interés en corregir este fenómeno, ya que le permite «salir mejor parado en la comparación de precios de carburantes entre países y porque puede servirle para camuflar subidas de precios con malos efectos en la inflación”.